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NUEVA GUÍA DE LA AESF – Publicada nueva guía de la AESF sobre el contenido de los informes anuales de las empresas ferroviarias

Lunes, 15 Octubre, 2018

De acuerdo con el artículo 15.3 del Reglamento de seguridad en la circulación ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado mediante el RD 810/2007, antes del 30 de junio de cada año, las empresas ferroviarias han de enviar a la AESF un informe anual de seguridad sobre su actividad hasta el 31 de diciembre del año anterior.

Esta guía da pautas acerca del contenido recomendable de dichos informes.