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Centros de formación de personal ferroviario
Los centros de formación de personal ferroviario son centros docentes encargados de impartir la formación necesaria para la obtención y mantenimiento, tanto de la licencia de conducción de vehículos ferroviarios, como de las diversas clases de habilitaciones y certificados de personal ferroviario que se establece en la Orden FOM/2872/2010, de 9 de noviembre.
El centro de formación tendrá que estar homologado por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. En dicha homologación se detallarán las especialidades formativas que le son autorizadas al centro.
La homologación se concederá por un periodo de tres años y las renovaciones sucesivas por períodos de cinco años.
Título IX de la norma (Orden FOM/2872/2010)