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Aprobada la Resolución 7/2020 de la AESF, por la que se actualiza el requisito relativo a la instalación de equipos ASFA de la Especificación Técnica del material rodante de ancho métrico

Jueves, 21 Mayo, 2020

La normativa técnica de aplicación en procesos de autorización de vehículos ferroviarios en la red de ancho métrico es la «Especificación Técnica de Material Rodante de Ancho Métrico» (en adelante, ETM) publicada mediante Resolución de 5 de noviembre de 2015.

En el apartado 5.2.2 de la ETM, en relación con el sistema ASFA embarcado, se exige el cumplimiento de la Consigna Serie A nº 21/11, que describía las características del sistema ASFA analógico.

No obstante, teniendo en cuenta que dicha consigna ha sido derogada en desarrollo del apartado 8 de la disposición transitoria única del Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria, según la modificación introducida por el Real Decreto 1513/2018, de 28 de diciembre, por la cual se establece que a partir del 1 de julio de 2021 no se admitirá la circulación de trenes con el sistema ASFA analógico en la red de ancho métrico y siendo, por tanto, necesario sustituir los equipos embarcados con dicho sistema por otros equipados con sistema ASFA Digital, no se puede dar cumplimiento a dicho requisito de la ETM.

Esta disconformidad con la normativa nacional, a pesar de estar motivada por la migración a un nuevo sistema ASFA, obligaría a solicitar, para cada uno de los expedientes de nueva autorización o modificación de vehículos afectados, una excepción de cumplimiento del citado apartado 5.2.2, en virtud del artículo 9.4. de la Orden FOM/167/2015.

Por todo lo anterior, en aras de simplificar los procesos administrativos y facilitar la transición hacia el sistema ASFA Digital, se ha aprobado la presente Resolución mediante la cual se establecen los requisitos y disposiciones alternativas que deberán aplicarse ante un incumplimiento con el requisito 5.2.2 de la ETM sin necesidad de solicitar una solicitud de excepción ante disconformidad con la normativa nacional conforme al artículo 9.4 de la Orden FOM/167/2015 para cada uno de los expedientes de instalación de equipos ASFA Digital en vehículos de ancho métrico.