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NORMATIVA. Aprobada la Resolución 1/2022 de la AESF en la que se fijan los importes para valorar la actividad de la AESF cuando asiste a la EUAR en su papel de entidad responsable de la emisión del certificado de seguridad único y de la autorización de vehículos ferroviarios

Martes, 25 Enero, 2022

La AESF ha aprobado la Resolución 1/2022 que fija el importe en el que se valora su actividad cuando participa en expedientes de autorización de vehículos o de certificados de seguridad en los que el organismo emisor es la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (EUAR), en desarrollo del acuerdo suscrito AESF-EUAR.

Este importe es uno de los sumandos que constituyen la tasa establecida para los expedientes gestionados por la EUAR.

La participación de la AESF se puede dar en expedientes de la EUAR en dos tipos de casos:

  • De manera obligatoria para evaluar la parte nacional cuando el área de uso de la solicitud incluye la red española.
  • En aquellos casos en los que la EUAR encarga a a la AESF que le asista en la evaluación de la parte “común” europea.