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Cuentas anuales
De acuerdo con el artículo 12 del Estatuto de AESF, el Director propondrá al Consejo Rector para su aprobación el informe general de actividad y las cuentas anuales, antes del 30 de junio de cada año.
Dichos documentos serán públicos, teniendo los ciudadanos acceso a su contenido desde su aprobación, excepto aquellos aspectos que puedan comprometer la seguridad ferroviaria. Para garantizar el libre acceso al contenido de estos documentos, serán publicados en la página web Agencia.